Política de Habitualidad

Política de Habitualidad

En los términos de la Ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas (la “LSA”), Agrícola Nacional S.A.C. e I. (la “Sociedad” o “Anasac”) y sus filiales están sometidas al cumplimiento de las normas dispuestas en el Título XVI de dicho cuerpo legal, sobre operaciones con partes relacionadas en las sociedades anónimas abiertas y sus filiales.